Acreditación de competencias

Las administraciones convocan procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales. Este procedimiento está destinado a las personas que han desarrollado una actividad laboral y no tienen titulación.

Acredita es el procedimiento para obtener las competencias profesionales mediante la experiencia laboral adquirida al desempeñar un puesto de trabajo, o a través de formación no formal dirigida a la obtención de una acreditación oficial.

Se entiende por formación no formal aquella que no conduce a una acreditación oficial, es decir, no corresponde a un certificado de profesionalidad o formación profesional.

¿Qué requisitos son necesarios para participar en el procedimiento?

Los requisitos que se deben de cumplir para participar varían en función del nival de cualificación.

Cualificaciones de nivel 2 y 3
  • Nacionalidad española, certificado de registro de ciudadano comunitario o autorización de residencia y trabajo en España.
  • Tener 20 años cumplidos a fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener al menos 3 años de experiencia laboral en los últimos 15 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, y/o 300 horas de formación en los últimos 10 años.
Cualificaciones de nivel 1
  • Nacionalidad española, certificado de registro de ciudadano comunitario o autorización de residencia y trabajo en España.
  • Tener 18 años cumplidos a fechas de la presentación de la solicitud.
  • Tener 2 años de experiencia laboral en los últimos 15 años, con un mínimo de 1.200 horas trabajadas, y/o 200 horas de formación en los últimos 10 años.

¿Cómo se acredita el cumplimiento de los requisitos?

La acreditación del cumplimiento de los requisitos se realizará mediante un Anexo. Para acreditar los distintos requisitos, se puede utilizar las siguientes vías:

  • Declaración responsable para la veracidad de los datos.
  • Autorizaciones para acreditar los datos que se facilitan a las administraciones.
  • Presentación de documentos. Se deberá de adjuntar al Anexo II, un CV, certificados que acrediten la experiencia laboral y los que acrediten la formación no formal recibida.

¿Cómo se acredita la experiencia laboral?

En caso de trabajar por cuenta ajena:
  • Informe de Vida Laboral
  • Contrato de trabajo o certificación de la empresa en que se haya adquirido la experiencia. Deben de constar los períodos, la actividad y el intervalo de tiempo.
Para trabajadores por cuenta propia:
  • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en que se ha realizado.
En el caso de voluntarios o becarios:
  • Certificación de la organización o empresas donde se haya prestado la asistencia. Deben de constar las funciones y actividades realizadas, así como el año y número de horas.

Para todas las cualificaciones profesionales, el plazo de presentación es permanente.

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